¿En qué se diferencian los morosos de tu edificio de ‘la lista de deudores’ de Montoro?
Autor: Carlos Salas (colaborador de
LA LISTA DE MONTORO
Más de 4.500 personas y sociedades deben más de un millón de euros a la Hacienda española en 2016, según la tercera ola de la lista de deudores que ofrece el ministerio dirigido por Cristóbal Montoro. Muchos contribuyentes entran en cólera al conocer las cifras pero, ¿no hacen lo mismo los morosos de tu comunidad de vecinos? Poner en conocimiento las deudas de tu vecino podría vulnerar la Ley de Protección de Datos pero la Ley de Propiedad Horizontal lo permite.
El Ministerio de Hacienda, bajo el mandato de Cristóbal Montoro, acaba de publicar la lista de los deudores con la Agencia Tributaria que deben más de un millón de euros. Son 4.549 contribuyentes que en total deben 15.400 millones de euros.
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- Ha habido toda clase de reacciones en las redes sociales y en la calle contra estos morosos “que no cumplen con su deber cívico de pagar los impuestos que todos pagamos”. Sin embargo, (y sin que sirva de excusa) hay que hacerse la siguiente pregunta: ¿no sucede lo mismo con ciertos vecinos que no pagan las cuotas de la comunidad?
Un informe realizado por el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España (CGCAFE) (http://www.cgcafe.org/) correspondent al ejercicio 2015, confirmaba que casi el 43% de los siete millones de comunidades de propietarios españolas sufría de morosos. La deuda de esos vecinos que se ‘hacían los suecos’ era de 1.812 millones de euros.
En teoría, ese comportamiento no dista en nada del comportamiento de los grandes deudores de Hacienda. Solo hay una diferencia de cantidad.
En el caso de Hacienda, las arcas públicas se quedan sin 15.400 millones que podían haber ido a hospitales, colegios o carreteras, mientras que en el caso de las comunidades de propietarios, son los propios vecinos los que tienen que cubrir las cuotas de los morosos aportando más dinero para los gastos comunes en caso de que haya déficit: las famosas derramas.
Al igual que Montoro, todos los años, los responsables de la administración de las comunidades de propietarios, emiten una lista de morosos cuando se convoca una junta. Allí aparecen los vecinos que no han pagado la cuota mensual y cuál es la cantidad adeudada. Aparecer en esa lista es motivo de vergüenza para los morosos y sus familias, por lo cual muchos se han preguntado si esa práctica viola la Ley de Protección de Datos.
La Ley de Protección de Datos afirma que admite que “la publicación en el tablón de avisos de la Comunidad de una relación de propietarios que no se encuentran al corriente en pago de sus cuotas implicará una cesión de datos de carácter personal”.
Ceder datos solo se puede hacer si la persona que sale en las listas lo permite, dice la Ley de Protección de Datos. Pero hay una salvedad: “Será posible la cesión inconsentida de los datos en caso de que la misma se encuentre fundamentada en lo establecido por una norma con rango de Ley”.
Y esa ley existe: es la Ley de Propiedad Horizontal, uno de cuyos párrafos clave (sobre la publicación de las listas de morosos), dice: “La convocatoria [de las juntas] contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto”.
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