- ¿Puedo instalar una piscina portátil en mi terraza?
El verano ya está aquí y los problemas propios de la estación no han tardado en aparecer en la comunidad La Colmena. El foco de las disputas es nuevamente la piscina, pero no la comunitaria, sino la portátil que Julián, propietario del Ático A, se jacta de haber puesto en su terraza.
Recordemos que esta terraza, de uso privativo, pero propiedad de la comunidad, fue ya objeto de polémica debido a que las constantes lluvias habían provocado desperfectos en la cubierta y, como consecuencia, filtraciones en la vivienda de Susana, la vecina del piso de abajo. Arreglos que tuvo que sufragar la comunidad y no el dueño del ático.
Ahora, el problema es otro. Julián ha decido por su cuenta y riesgo colocar una piscina móvil para así no tener que sufrir las quejas de los vecinos. Normal. Aunque no tiene prohibido el acceso a la piscina comunitaria, su condición de moroso le convierte en diana de los propietarios que sí pagan religiosamente. Él, sin embargo, dice que ha instalado su propia piscina para «no soportar los berridos de los niños y los chapoteos de sus padres».
De no haber dicho nada, ningún vecino se hubiera enterado de la nueva instalación de su ático. Pero el postureo es lo que tiene.
Susana, la propietaria afectada por las antiguas filtraciones de agua, mostró su preocupación. No quería acabar nadando en su propia habitación. «¿Qué dimensiones tiene la piscina?», «¿el peso soporta la estructura de la cubierta?», «¿no tenías que haber pedido autorización a la comunidad antes de instalarla?» Toda una batería de preguntas que Julián no pudo aclarar.
Fue este vecino quien, por mediación de la presidenta Paquita, llamó a Gregorio, el administrador, para obtener respuesta de todas las cuestiones planteadas.
«No es necesario alcanzar un acuerdo en junta para la instalación de una piscina portátil en la cubierta-terraza, dado que no se alteran elementos comunes de la finca al no llevar inherente ningún tipo de obra», contestó Gregorio. «Ahora bien», continúo, «sí hubiese sido aconsejable ponerlo en conocimiento de la comunidad para tranquilidad de los propietarios, informándoles que la piscina no iba a causar daño alguno ni a la terraza ni a las viviendas inferiores».
«Por otra parte», manifestó el administrador a Susana, «se supone que la cubierta está bien impermeabilizada por las obras que tuvimos que hacer, por lo que las posibles filtraciones debidas a los chapoteos serán nulas». «Otro tema es que se produzca una rotura ya que el volumen de pérdida de agua instantáneo sería muy grande y la propia cubierta se podría convertir en una piscina con filtraciones por los muros e incluso rebose por la fachada», alertó. «Pero esto no tiene por qué suceder».
Julián también quiso tranquilizar a Susana: «He instalado todas las medidas de seguridad necesarias para evitar posibles desplazamientos y roturas con los consiguientes daños». «Además», añadió, «dispongo de un certificado firmado por un técnico competente en que el que se garantiza que las cargas que se van a transmitir a la cubierta son soportables por ésta». Documento que enseñó tanto a la vecina como al administrador.
Como prueba de buena fe y para inaugurar la temporada estival, Julián invitó una tarde a los vecinos a su ático y poder comprobar in situ la instalación, incluso bañarse -eso sí, como máximo dos al mismo tiempo-. Todos quisieron probar la nueva piscina, que algunos como Paquita ya la consideraron propiedad de la comunidad. No faltó nadie, ni siquiera el okupa, que sí que tiene vetada la entrada a la piscina comunitaria.
Reproducido por ARIZA ADMINISTRACIONES
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